El Senado emitió la declaratoria de validez constitucional de la reforma a los artículos 4 y 27 a fin de establecer que el cultivo de maíz en el territorio nacional, debe ser libre de modificaciones genéticas producidas con técnicas que superen las barreras naturales de la reproducción o la recombinación, como las transgénicas.
La reforma dispone que todo otro uso del maíz genéticamente modificado debe ser evaluado en los términos de las disposiciones legales, para quedar libre de amenazas para la bioseguridad, la salud y el patrimonio biocultural de México y su población.
Y que debe priorizarse la protección de la biodiversidad, la soberanía alimentaria, su manejo agroecológico y la promoción de la investigación en esta materia.
Se contabilizaron los votos de 17 legislaturas locales que dieron su respaldo a la reforma constitucional:
Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz, Zacatecas y Ciudad de México.