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jueves, agosto 6, 2026

SCJN pide al Congreso de Jalisco eliminar la figura de la adopción simple

Fecha:

* La misma ya fue eliminada a nivel federal desde 2019 por el Congreso de la Unión

 

 

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Congreso del Estado de Jalisco deberá eliminar de su marco jurídico la figura de la adopción simple, a más tardar al concluir el siguiente periodo ordinario de sesiones, al considerar que es incompatible con el interés superior de la niñez.

La determinación fue tomada por el Pleno de la Corte al resolver el Amparo en Revisión 120/2026, en el que se estableció que desde la reforma de 2019 a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, únicamente se reconoce la adopción plena e irrevocable como el modelo que garantiza estabilidad, seguridad jurídica, igualdad filiatoria y el pleno ejercicio del derecho de las y los menores de edad a vivir en familia.

La SCJN explicó que la adopción simple únicamente genera vínculos jurídicos entre la persona adoptante y la persona adoptada, sin extender plenamente esos efectos al resto de la familia, por lo que resulta contraria al derecho de niñas, niños y adolescentes a integrarse a una familia mediante relaciones filiales plenas, permanentes e irrevocables.

Asimismo, el máximo tribunal confirmó la existencia de una omisión legislativa por parte del Congreso de Jalisco, ya que, aunque la adopción simple fue eliminada del Código Civil estatal, la figura continúa vigente en el Código de Procedimientos Civiles, lo que obliga al Poder Legislativo local a armonizar su legislación conforme al marco constitucional y a la normativa federal.

Con esta resolución, la Corte reafirmó que el interés superior de la niñez debe prevalecer en la regulación de los procesos de adopción y que las entidades federativas deben adecuar sus leyes para garantizar plenamente los derechos de niñas, niños y adolescentes, lo cual ya fue aprobado por el Congreso de la Union a nivel federal.

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